Asunción, Agencia IP.- Desde este lunes 1 de julio entra a regir lo dispuesto por el decreto 1909, firmado por el presidente Santiago Peña, que establece el reajuste del salario mínimo legal llegando a 2.798.309 guaraníes, mientras que el jornal mínimo pasa a ser de 107.627 guaraníes.
Este reajuste se dispuso en base al informe elevado por la Comisión Nacional de Salario Mínimo, que en base al informe de Indice de Precios al Consumidor elaborado por el Banco Central del Paraguay indicó la necesidad de un reajuste de 4,4% del salario mínimo.
«Lo que hace el Consejo es validar lo que dice la ley y a partir de julio vamos a tener estos nuevos valores» había indicado el viceministro de Trabajo César Segovia, al informar sobre el trabajo de la Comisión Nacional de Salario.
El decreto autoriza además al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a reglamentar y publicar los salarios mínimos para diversas actividades especificadas.
El reajuste salarial busca compensar la pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores conforme al aumento de precios de los productos de la canasta básica.
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