ANDE establece nueva tarifa para consumo intensivo y solicita que se acompañe veto del Ejecutivo

Asunción, Agencia IP.- La Administración Nacional de Electricidad (ANDE) instó a los representantes de la Cámara de Diputados a que acompañen el veto del Poder Ejecutivo al Proyecto de Ley 6962/2022, que establece un aumento del 15% sobre la tarifa industrial actualmente vigente según el Pliego de Tarifas 2021, lo que resultaría en perjuicio de los intereses económicos de la institución.

El presidente de la ANDE, Félix Sosa, en conferencia de prensa realizada ayer martes, brindó detalles de la tarifa eléctrica para Grupo de Consumo Intensivo Especial, establecida por la ANDE, en cumplimiento de lo establecido por Decreto N° 7824/22 del Poder Ejecutivo, con el fin de adoptar medidas regulatorias complementarias y temporales, para ajustar las variables correspondientes a la tarifa eléctrica dirigida a los sectores de consumo intensivo especial.

Así también en la oportunidad instó a los representantes de la Cámara de Diputados a acompañar el veto del Poder Ejecutivo al Proyecto de Ley 6962/2022, que establece un aumento del 15 por ciento sobre la tarifa industrial actualmente vigente según el Pliego de Tarifas 2021, lo que resultaría en perjuicio de los intereses económicos de la ANDE.

La nueva tarifa establecida conforme a lo estipulado en la Ley 966/64, es para aquellos clientes que utilicen energía eléctrica para procesar datos, proveer servicios de almacenamiento de información, incluyendo minería de criptoactivos, blockchain, token y data center; asi como consumidores con factor de carga mensual igual o superior al 80%, 2 veces consecutivas, salvo que demuestren fehacientemente dedicarse a otra actividad.

Dichos clientes pueden instalarse en niveles de tensión 220 kV, 66 kV (estos grupos deben construir sus propias instalaciones que son una Subestación y Línea de Transmisión) y en 23 kV (éstos pueden tener una línea propia o conectarse directamente de las redes eléctricas existentes de la ANDE), y la estructura tarifaria está conformada por potencia reservada, exceso de potencia reservada y energías tanto en Punta de Carga y Fuera de Punta de Carga.

Sosa, resaltó que la tarifa para este grupo especial de consumo intensivo se establecerá en dólares americanos, actualizada anualmente; agregó además, que la Institución debe construir la infraestructura eléctrica necesaria para solventar las demanda del consumo de energía eléctrica, de acuerdo a lo establecido en el Plan Maestro de la ANDE, que consiste en el refuerzo del sistema de Generación, Transmisión y Distribución de energía eléctrica, para lo cual, es necesaria obtener la rentabilidad del 8 al 10%, según lo establece la Ley 966/64. Todo esto se tiene en cuenta para la definición de la tarifa; de ahí la importancia de que se acepte el veto del Poder Ejecutivo, ya que ese Proyecto de Ley establece que la tarifa para este grupo solo podrá ser con un 15% por encima de la Tarifa Industrial actual del Pliego 21.

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