Reglamentan permiso para trabajadores que deban acudir a la vacunación contra el COVID-19

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Mediante la Resolución N° 623/2021 el Ministerio de Trabajo establece un régimen excepcional de licencia para trabajadores del sector privado en el marco de la vacunación contra el COVID-19.

Según explicó en conferencia de prensa la ministra Carla Bacigalupo, esta reglamentación se basa en el Artículo 61 inciso h del Código Laboral que habla de un permiso remunerado para el trabajador que deba cumplir con sus obligaciones personales.

En ese sentido, ahora se dispone que dentro de la licencia el trabajador pueda usufructuar este permiso especial para vacunarse “que responde a una necesidad humanitaria y justificable desde cualquier punto de vista”, refirió.

La licencia podrá ser solicitada por cualquier trabajador que deba acudir para su vacunación contra el COVID-19 o, en todo caso, si es que necesita acompañar a algún adulto mayor a su cargo para la correspondiente inmunización.

Dicha licencia debe ser pedida por escrito sin ningún pedido de formulario preestablecido, incluyendo en el texto la justificación sobre la vacunación que debe cumplir en el día establecido.

El empleador otorgará la licencia al trabajador y luego debe comunicar por escrito sobre este permiso a la Dirección de Registro Obrero Patronal del MTESS dentro de los 30 días hábiles.

En caso de que la empresa no otorgue este permiso, la misma se expone a una sanción que puede ir de 10 a 30 jornales por cada trabajador, según señaló la ministra de Trabajo.

Bacigalupo dijo estar segura de que esta licencia podrá ser utilizada sin mayores inconvenientes a partir de ahora, a fin de que los trabajadores que así lo requieran puedan ir a inmunizarse.