
De ahora en más mediante la resolución N° 547, toda persona que sea remitida vía orden judicial a las cárceles ya sean mayores o menores, deberán cumplir con una cuarentena de cinco días en lugares de reclusión distintos a los centros penitenciarios y educativos, debiendo tener en cuenta que el aislamiento debe ser llevado a cabo en grupos, no con personas recientemente aprehendidas, quienes deberán quedar aisladas de los grupos.
Posteriormente, deberán realizarse el testeo de PCR para el SARS-CoV2, y con test negativos someterse a una inspección de evaluación a fin de descartar la presencia del coronavirus. Tras disposición de la remisión penitenciaria, seguirán en aislamiento sanitario por catorce días y en caso de no presentar síntomas, pasarán a acceder a la población penal, señala la resolución.
„La cartera de Justicia da curso a la actualización de estos nuevos procedimientos bajo solicitud de la Dirección General de Establecimientos Penitenciarios y, ante las recomendaciones y directrices establecidas por parte de Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, considerando el contexto de encierro y el alto grado de hacinamiento que aqueja al sistema penitenciario, situación propicia para un brote y contagio masivo”, señala el informe dado a conocer por el Ministerio de Justicia.