El decreto inicial del Poder Ejecutivo establecía que el nuevo salario mínimo legal sería G. 2.286.324, sufriendo un reajuste del 4,4% (G. 93.485) en relación al vigente.
Sin embargo, desde la Comisión Nacional de Salario Mínimo, informaron sobre un “error involuntario”, consignándose un monto no correspondiente al porcentaje correcto de aumento, por lo que el Decreto fue rectificado.
Tras la rectificación, finalmente el reajuste del salario mínimo legal es de G. 96.485, con un jornal mínimo de G. 88.051.
El reajuste se da en cumplimiento a la Ley 5764 que desde el 2016 establece la nueva modalidad de reajuste del sueldo, ya que antes de ese período se esperaba a que la tasa de inflación llegue al 10% para tomar en consideración un reajuste de salario.
Se prevé que este reajuste del salario mínimo impacte de manera directa en 250.000 trabajadores, de los cuales, el 96 % proviene de Mipymes, según el Instituto Nacional de Estadísticas.