
Víctor Sánchez, viceministro de Transporte, en entrevista con Radio Uno fue consultado sobre una denuncia realizada por un oyente contra la empresa de transporte Cerro Kôi S.A. que explota el servicio para la Línea 110.
En este caso puntual, la persona denunciante manifiesta que el chofer cobraba como si se tratara del servicio diferencial (G. 3.400) siendo que en realidad es solo el servicio convencional y, por ende, tendría que cobrar G. 2.300.
Al respecto, dijo que en este tipo de situaciones lo ideal es filmar todo con el celular y tratar de que se pueda identificar el número de coche y la empresa en cuestión, a fin de poder iniciar un sumario administrativo y que se pueda aplicar la sanción correspondiente por cobro indebido.
Sánchez también explicó que el cobro diferencial no viene por el uso o no del aire acondicionado en el bus, sino por la estructura de costos establecida. Asimismo, dijo que el aire acondicionado siempre tiene que estar en funcionamiento, pese a que las ventanillas permanezcan abiertas.
La multa por el cobro indebido, considerado como falta grave, es de G. 4 millones, precisó.
Finalmente, enfatizó que las empresas de transporte deben respetar el decreto donde se establece el precio del pasaje en el transporte público, tanto para el servicio convencional como el diferencial. Si se llegara a hacer un ajuste indebido, se aplicará una multa y los buses serán llevados al corralón.