Asunción, Agencia IP.- El plazo para declarar y confirmar las retenciones correspondientes al periodo fiscal de contribuyentes del Impuesto a los Dividendos y Utilidades (IDU), conforme al calendario de vencimientos vigente, vence el próximo 12 de abril, señala la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT).
La declaración de estas retenciones debe hacerse utilizando el Formulario Nº 526, a través del Sistema de Gestión Tributaria Marangatu. El pago del impuesto podrá realizarse hasta el 13 de abril, mediante el sistema de pago electrónico.
Para cumplir con esta obligación, los contribuyentes deben ingresar al sistema y confirmar la liquidación que la DNIT pone a disposición en los primeros días de cada mes, donde se detalla el total de las retenciones realizadas.
El comprobante de retención virtual será enviado en formato digital (PDF) al correo electrónico declarado por el contribuyente. En el caso de personas no inscriptas en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), también se deberá contar con un correo electrónico para recibir dicho documento.
El IDU es un impuesto que se aplica cuando las empresas distribuyen ganancias a sus socios o accionistas, ya sea en forma de dividendos o utilidades. Este pago se realiza mediante retenciones que deben ser efectuadas por las propias empresas.
Toda la gestión, incluida la emisión del comprobante de retención virtual, se realiza a través del Sistema de Gestión Tributaria Marangatu, en el módulo de facturación. Para más información, los interesados pueden consultar el apartado Biblioteca Impositiva – IDU del sitio web oficial de la DNIT.
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