Justicia condena a Clyfsa SA a pagar millonaria deuda a la ANDE por diferencia tarifaria

El Tribunal de Apelación en lo Civil ratificó la obligación de la Compañía de Luz y Fuerza (Clyfsa) SA de aplicar el pliego tarifario vigente de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE) y pagar una deuda acumulada desde 2017.

La condena inicial asciende a más de G. 65.061 millones, pero con intereses y nuevas diferencias de facturación el monto ya supera los G. 91.346 millones, según lo resuelto por la Justicia.

Una prolongada disputa judicial entre la Administración Nacional de Electricidad (ANDE) y la Compañía de Luz y Fuerza (Clyfsa) SA llegó a un nuevo capítulo con un fallo del Tribunal de Apelación en lo Civil que obliga a la empresa a pagar una millonaria suma por diferencias tarifarias acumuladas durante varios años.

El conflicto se remonta al 10 de marzo de 2017, cuando el Poder Ejecutivo aprobó mediante Decreto N° 6.904 el Pliego de Tarifas N° 21, aplicable a todos los usuarios de la ANDE.

Sin embargo, la Compañía de Luz y Fuerza (Clyfsa) manifestó su desacuerdo con la aplicación del nuevo pliego y el 19 de marzo de 2017 presentó un Amparo Constitucional ante el Juzgado Penal de Garantías del Cuarto Turno de la Circunscripción Judicial de Guairá.

Mediante Sentencia Definitiva N° 1 del 26 de marzo de 2017, posteriormente confirmada por el Acuerdo y Sentencia N° 62 del 12 de noviembre de 2017 del Tribunal de Apelación en lo Penal de Villarrica, la Justicia resolvió mantener vigente para Clyfsa el Pliego Tarifario N° 20, aprobado por Decreto N° 5.400 del 24 de mayo de 2005.

Ante esta situación, el 23 de noviembre de 2021, la ANDE inició una Acción Ordinaria de Cumplimiento de Contrato contra Clyfsa SA, con el objetivo de dejar sin efecto lo dispuesto en el amparo y exigir el cumplimiento del Contrato del 13 de enero de 1973, específicamente lo establecido en su Artículo 4°, que contempla la aplicación del pliego tarifario vigente.

Asimismo, la estatal reclamó el pago de la diferencia tarifaria acumulada que dejó de percibir durante los años en que la empresa aplicó el pliego anterior.

El caso fue analizado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del 7° Turno, a cargo del juez Walter Mendoza, quien dictó la Sentencia Definitiva N° 156 del 7 de abril de 2025.

En su resolución, el magistrado hizo lugar a la demanda de cumplimiento de contrato presentada por la ANDE, con la participación del Estado paraguayo como tercero coadyuvante, representado por la Procuraduría General de la República.

El fallo ordenó que Clyfsa SA cumpla con el contrato firmado en 1973 y sus addendas, aplicando el Pliego de Tarifas N° 21 aprobado por el Decreto N° 6.904 de 2017.

Tras la apelación de ambas partes, el caso llegó al Tribunal de Apelación en lo Civil, Quinta Sala de la Capital, que el 5 de marzo de 2026, mediante el Acuerdo y Sentencia N° 16, confirmó la condena contra la empresa.

En su resolución, el tribunal dispuso condenar a Clyfsa al pago de G. 65.061.597.943 en concepto de diferencia tarifaria acumulada entre marzo de 2017 y setiembre de 2021, además de intereses legales del 2,6% mensual.

También resolvió imponer las costas judiciales en ambas instancias a la empresa demandada.

No obstante, el monto final podría ser considerablemente mayor, ya que la suma fijada por la sentencia corresponde únicamente al periodo de marzo de 2017 a setiembre de 2021.

A esta cifra deberán agregarse las diferencias de facturación generadas hasta la liquidación final del proceso, además de los intereses acumulados, que a la fecha ya superan los G. 91.346 millones, según los cálculos del caso.