Emplazan por 30 días regularización de permisos de carteles publicitarios

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Esto bajo apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se procederá al retiro de los mismos de la vía pública y de la franja de dominio, a costa del infractor de conformidad a los Artículos 43° y 44° de la Ley N° 5.016/2014 “Nacional de Tránsito Y Seguridad Vial”. Los trámites para tal efecto se gestionan a través de la Dirección de Vialidad del MOPC.

La cartera de Obras Públicas recuerda que según decreto reglamentario, dicha ley establece en su Artículo 43 „Anuncios y carteles prohibidos“.

“Se prohíbe colocar o mantener en la vía pública y franja de dominio, signos, demarcaciones o elementos que imiten o asemejen a las señales de tránsito; como también alterar, destruir, deteriorar o remover dichas señales o colocar en ella anuncios de cualquier índole“.

Asimismo, no podrá colocarse en la vía pública y franja de dominio, propaganda comercial, construcciones u otros elementos que afecten la visibilidad del conductor o la debida percepción de las señales de tránsito.

Las infracciones a este artículo constituyen falta grave y hará pasible solidariamente a los propietarios, publicistas y anunciantes de las sanciones previstas en esta normativa, además de las responsabilidades penales y civiles que correspondan. Además, queda facultada la autoridad competente para realizar los trabajos necesarios, a costa del infractor

La autoridad competente reglamentará las condiciones de colocación de carteles, pasacalles u otra forma de propaganda comercial que no interfiera la visibilidad del conductor o la debida percepción de las señales de tránsito.

Igualmente, podrá hacer retirar de la vía pública y franja de dominio los objetos, señales no oficiales y cualquier otro letrero, signo de demarcación o elemento que obstruya la circulación, altere la señalización oficial, dificulte su percepción o que no se ajuste a lo dispuesto en esta Ley u otras Leyes pertinentes y sus normas reglamentarias. No se permitirá publicidad que relacione bebidas alcohólicas con la conducción”.